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Objetivos y composición
Artículo 1
Los objetivos de la Asociación son:
- Poner en contacto los investigadores residentes en Suiza que deseen establecer vínculos profesionales con Colombia.
- Promover, apoyar y difundir todo tipo de actividades que tengan relación con el desarrollo científico y tecnológico de Colombia.
- Establecer y afianzar relaciones con organismos e instituciones nacionales o internacionales que puedan facilitar los objetivos de la Asociación.
Estos objetivos se buscan sin ningún ánimo de lucro.
Artículo 2
- La Asociación tiene su sede en Lausanne.
Artículo 3
- La Asociación respeta las convicciones personales de sus miembros y no tiene vínculos con ningún partido político o confesión religiosa.
Artículo 4
- La Asociación está compuesta de miembros activos y de miembros asociados.
- Puede ser miembro activo toda persona física o jurídica que respete las obligaciones de los presentes estatutos y sea idóneo en un campo científico o tecnológico.
- Los miembros activos tienen voz y voto en las asambleas generales de la Asociación.
- Puede ser miembro asociado toda persona física o jurídica que respete las obligaciones de los presentes estatutos. Los miembros asociados tienen voz pero no tienen voto en las asambleas generales de la Asociación.
Artículo 5
- Para ser miembro de la Asociación se necesita el acuerdo del Consejo de Dirección, quien estudia los pedidos de admisión en sus reuniones ordinarias. Esta decisión es confirmada o rechazada por la asamblea general.
Dirección, administración y funcionamiento
Artículo 6
- La Asociación está dirigida por un Consejo de Dirección, una asamblea general y un revisor fiscal. Las funciones de estas entidades son definidas en el reglamento interno de la Asociación.
Artículo 7
- El Consejo de Dirección, elegido por la asamblea general para un período de dos años, está compuesto por cinco miembros activos: un presidente, dos vicepresidentes, un secretario general y un tesorero.
- El presidente representa la Asociación jurídicamente y en todos los actos de la vida civil. En la reunión efectuada el día 2 de Enero de 1995, se acordó por mayoría, eliminar el cargo de tesorero y crear otro cargo de secretario. Lo anterior con el fin de dar más agilidad administrativa a la asociación.
Artículo 8
- El Consejo de Dirección se reune por lo menos una vez por trimestre y cada vez que sea convocado por su presidente o por la mayoría de sus miembros.
Artículo 9
- El Consejo de Dirección define el reglamento interno de la Asociación.
Artículo 10
- La asamblea general está compuesta por todos los miembros de la Asociación, que estén al dia en el pago de las cotizaciones.
- La asamblea general se reune dos veces por año y cada vez que sea convocada por el Consejo de Dirección.
Artículo 11
- El revisor fiscal es un miembro activo elegido por la asamblea general para un período de un año.
- El revisor fiscal presenta el estado de las cuentas de la Asociación a la asamblea general, una vez por año.
Recursos de la Asociación
Artículo 12
- La Asociación deriva sus recursos de las cotizaciones anuales pagadas por sus miembros y de contribuciones externas.
- El valor de la cotización anual es fijado en el reglamento interno de la Asociación.
Modificación de los estatutos
Artículo 13
- Los estatutos pueden ser modificados por la asamblea general unicamente por proposición del Consejo de Dirección o de una cuarta parte de los miembros activos de la asamblea general .
- El texto de las modificaciones debe ser comunicado a los miembros de la asamblea general por lo menos un mes antes de la reunión.
Artículo 14
- La disolución de la Asociación puede ser pronunciada únicamente por decisión de un mínimo de dos terceras partes de los miembros de la asamblea general.
Created by walter_admin.
Last Modification: Sábado 23 de Abril, 2005 08:52:38 PDT by walter.
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