ACIS

Asociacion Colombiana de Investigadores en Suiza



Ayudas en acis.ch y acis_at_listes.epfl.ch
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Objetivos y composición

Artículo 1


Los objetivos de la Asociación son:

  • Poner en contacto los investigadores residentes en Suiza que deseen establecer vínculos profesionales con Colombia.

  • Promover, apoyar y difundir todo tipo de actividades que tengan relación con el desarrollo científico y tecnológico de Colombia.

  • Establecer y afianzar relaciones con organismos e instituciones nacionales o internacionales que puedan facilitar los objetivos de la Asociación.

Estos objetivos se buscan sin ningún ánimo de lucro.

Artículo 2


  • La Asociación tiene su sede en Lausanne.

Artículo 3


  • La Asociación respeta las convicciones personales de sus miembros y no tiene vínculos con ningún partido político o confesión religiosa.

Artículo 4


  • La Asociación está compuesta de miembros activos y de miembros asociados.

  • Puede ser miembro activo toda persona física o jurídica que respete las obligaciones de los presentes estatutos y sea idóneo en un campo científico o tecnológico.

  • Los miembros activos tienen voz y voto en las asambleas generales de la Asociación.

  • Puede ser miembro asociado toda persona física o jurídica que respete las obligaciones de los presentes estatutos. Los miembros asociados tienen voz pero no tienen voto en las asambleas generales de la Asociación.

Artículo 5


  • Para ser miembro de la Asociación se necesita el acuerdo del Consejo de Dirección, quien estudia los pedidos de admisión en sus reuniones ordinarias. Esta decisión es confirmada o rechazada por la asamblea general.

Dirección, administración y funcionamiento


Artículo 6


  • La Asociación está dirigida por un Consejo de Dirección, una asamblea general y un revisor fiscal. Las funciones de estas entidades son definidas en el reglamento interno de la Asociación.

Artículo 7


  • El Consejo de Dirección, elegido por la asamblea general para un período de dos años, está compuesto por cinco miembros activos: un presidente, dos vicepresidentes, un secretario general y un tesorero.

  • El presidente representa la Asociación jurídicamente y en todos los actos de la vida civil. En la reunión efectuada el día 2 de Enero de 1995, se acordó por mayoría, eliminar el cargo de tesorero y crear otro cargo de secretario. Lo anterior con el fin de dar más agilidad administrativa a la asociación.

Artículo 8


  • El Consejo de Dirección se reune por lo menos una vez por trimestre y cada vez que sea convocado por su presidente o por la mayoría de sus miembros.

Artículo 9


  • El Consejo de Dirección define el reglamento interno de la Asociación.

Artículo 10


  • La asamblea general está compuesta por todos los miembros de la Asociación, que estén al dia en el pago de las cotizaciones.

  • La asamblea general se reune dos veces por año y cada vez que sea convocada por el Consejo de Dirección.

Artículo 11


  • El revisor fiscal es un miembro activo elegido por la asamblea general para un período de un año.

  • El revisor fiscal presenta el estado de las cuentas de la Asociación a la asamblea general, una vez por año.

Recursos de la Asociación


Artículo 12


  • La Asociación deriva sus recursos de las cotizaciones anuales pagadas por sus miembros y de contribuciones externas.

  • El valor de la cotización anual es fijado en el reglamento interno de la Asociación.

Modificación de los estatutos


Artículo 13


  • Los estatutos pueden ser modificados por la asamblea general unicamente por proposición del Consejo de Dirección o de una cuarta parte de los miembros activos de la asamblea general .

  • El texto de las modificaciones debe ser comunicado a los miembros de la asamblea general por lo menos un mes antes de la reunión.

Artículo 14


  • La disolución de la Asociación puede ser pronunciada únicamente por decisión de un mínimo de dos terceras partes de los miembros de la asamblea general.

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